Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-963 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR las solicitudes de aclaraci�n y adici�n de la sentencia SU-184 de 2025, presentadas por �scar Augusto �lvarez Zea, Vicario General de la Arquidi�cesis de Medell�n, y Germ�n Humberto Mar�n Rivera, Canciller de la Di�cesis de Santa Rosa de Osos, en las calidades indicadas en esta providencia, por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa.
  2. Segundo. por intermedio de la Secretar�a General de la Corte, COMUNICAR la presente decisi�n a los solicitantes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno. Comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado Con impedimento aceptado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �T-9.379.113_AC_Informe_Aclaracion_SU-184-25.pdf� [2] Aunque ambas solicitudes fueron presentadas por �scar Augusto �lvarez Zea, corresponden a escritos independientes, formulados dentro de expedientes distintos. [3] Expediente digital, archivo �Memorial Corte Constitucional SU 184 de 2025.docx�. [4] Expediente digital, archivo �CONSTANCIA SECRETARIAL A.T. 2023-00031 CORTE CONSTITUCIONAL.pdf� [5] Expediente digital, archivo �36Notificaci�nAutoIncorporaSolicitudNulidadAccionado2023-00489.pdf�. [6] Expediente digital, archivo �009AutoObedezcaseCumplase(�).pdf�. [7] Corte Constitucional, auto 645 de 2019, reiterado recientemente en el auto 344 de 2025 y 103 de 2026. [8] Corte Constituci�n, autos 103 de 2026 y 417 de 2023, entre otros. [9] Corte Constitucional, autos 147 de 2004, 001 de 2005, 027 de 2011, 276 de 2011, 212 de 2015 y 1223 de 2024, entre otros. [10] Corte Constitucional, autos 085 de 2022, 530 de 2022 y 344 de 2025. [11] Corte Constitucional, auto 344 de 2025. [12] Corte Constitucional auto 392 de 2015, reiterado recientemente en los autos 454 de 2025 y 103 de 2026. [13] C orte Constitucional, auto 031A de 2002. En esa oportunidad, la Corte resolvi� una solicitud que pretend�a que se declarara la nulidad de una sentencia, porque hab�a omitido pronunciarse sobre algunos aspectos que el solicitante consideraba relevantes. Para dar respuesta a lo planteado, se realiz� un profundo estudio sobre las facultades y funciones de la Corte, as� como su discrecionalidad en sede de revisi�n. [14] Corte Constitucional, auto 103 de 2026. [15] Corte Constitucional, autos 534 de 2022 , 1223 de 2024 y 103 de 2026. [16] Corte Constitucional, auto 103 de 2026. [17] Corte Constitucional, autos 031 de 2021, 454 de 2025 y 103 de 2026. [18] Expediente digital, archivo � Correo[14-May-26-3-45-17].pdf �, p. 2-4. [19] Expediente digital, archivo � Correo[14-May-26-3-45-17].pdf �, p. 2. [20] Expediente digital, archivo � Correo[14-May-26-3-45-17].pdf �, p. 1. [21] Expediente digital, archivo � Correo[14-May-26-3-22-18].pdf �, p. 1. [22] Si bien, no se ha identificado una providencia que hubiese valorado el requisito de oportunidad, de manera exacta, dentro del tr�mite espec�fico de solicitudes de aclaraci�n y adici�n como el que ahora ocupa a la Sala, la jurisprudencia constitucional, en t�rminos generales, ha puesto de presente la necesidad y el deber de garantizar el derecho de acceso a la administraci�n de justicia y de aplicar el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre las formas procesales. Cfr., al respecto, entre otros, los autos 705 de 2018, 690A de 2022 y 583 de 2026. [23] En los escritos de aclaraci�n y adici�n, los peticionarios solicitaron que se tuviera por surtida la notificaci�n por conducta concluyente desde la fecha de presentaci�n de dichas solicitudes. Expediente digital, archivos � T-9.379.113 AC. Arq. Medellin SOLICITUD ACLARACI�N Y COMPLEMENTACI�N FALLO.pdf� y � T-9.379.113 AC. DSRO SOLICITUD NULIDAD SENTENCIA SU-184 DE 2025 15-05-2026 (2).pdf� p. 1. [24] Corte Constitucional, auto 1146 de 2025. [25] En la providencia en cita, de manera general, la Corte valor� si las organizaciones religiosas accionadas vulneraron los derechos de petici�n y de acceso a la informaci�n de los periodistas accionantes al negarse a suministrarles determinada informaci�n o entregarla de manera incompleta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.